La AFIP reglamenta el registro de contratos de alquiler
La Resolución General N° 4933 de la AFIP, publicada hoy en el Boletín Oficial, dando así cumplimiento a la disposición del artículo 16 de la citada ley, que modifica el Código Civil y Comercial de la Nación.
La resolución regirá para todos aquellos contratos de locación celebrados a partir del 1° de marzo de 2021 y habrá sanciones para quienes incumplan las obligaciones que emanan de la norma, indicó el organismo recaudador.
También establece que los contratos firmados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, tendrán un plazo para su registración, con carácter excepcional, hasta el 15 de abril de 2021, inclusive.
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